.
martes, 13 de octubre de 2009
EL SALADERO
.
Empréstito Baring Brother
EL EMPRÉSTITO BARING
En Documentos para la Historia Integral Argentina, Bs. As., Centro Editor de América Latina , 1971 Autor: John Parish Robertson, 25 de junio de 1824
"Encontrándose terminado nuestro arreglo con ustedes en lo relacionado con el manejo del empréstito de Buenos Aires, creemos que es conveniente hacer una recapitulación del mismo, así como requerirles una confirmación si comprobamos estar de acuerdo.
Del total del empréstito, que asciende a un millón de capital nominal, accedemos a dar a ustedes doscientas mil libras de capital, al precio del contrato original, vale decir al 70 %.
Nosotros accedemos además a que una comisi¢n del 1 % sobre quinientas mil libras, que es el monto en efectivo de nuestra participación en el empréstito, sea tomada por ustedes, así como también que todos los gastos por sellado, impresiones y preparación de documentos, etc., sean sufragados en las proporciones de nuestros respectivos intereses en el empréstito; y nos comprometemos a nombre del Gobierno de Buenos Aires a que sean habilitados ustedes para cargar la comisión usual del uno por ciento en el monto anual del Fondo de Amortización y Dividendos, que serán ambos administrados por ustedes.
En consideración a lo anterior, damos por entendido que ustedes pondrán en circulación el empréstito entre los suscriptores por cuenta nuestra, colocando las acciones al 85 %, y que el total de las entregas a medida que ingresen deben ser llevadas al crédito del Gobierno de Buenos Aires a razón del 70 %, y al de ustedes y al nuestro en la proporción del 15 %; de esta manera cuando todas las entregas se hallen pagas, deben aparecer en el crédito del Gobierno de Buenos Aires 700.000
De vuestra Casa 30.000 , de mister Castro y mío 120.000 , total 850.000 libras
Queda entendido que las 700.000 libras que ustedes deben poner a disposición del Gobierno de Buenos Aires, serán pagadas libres de cualquier descuento por comisión, y conforme con las instrucciones que les daremos a ustedes; y nosotros entendemos también que deberán ustedes abrir un crédito a favor de mister Castro y mío, para ser usado en la forma que lo precisemos, durante el transcurso de dos o tres meses, por la suma de ciento veinte mil libras, con un interés corriente cargado en la cuenta; pero para el caso de que nosotros retiremos sumas antes de que las entregas sean pagadas, o por si por cualquier contingencia que no podemos prever, alguna parte de las dichas entregas no les fuese pagada a ustedes, nos constituimos personalmente obligados hacia ustedes por tales cantidades parciales no recibidas, y nos comprometemos a restituirles el dinero que podamos haber percibido por anticipado en ese aspecto tan pronto sepamos de esta deficiencia, y les será también a ustedes permitido debitar una comisi¢n del medio por ciento sobre el total de las referidas ciento veinte mil libras."
John Parish Robertson, 25 de junio de 1824
Fuente: www.elhistoriador.com.ar
CONSTITUCIÓN UNITARIA DE 1826
Les copio un extracto de los artículos principales que interesan para el estudio de las propuestas de organización institucional de nuestro país.
Fuente: Estatutos, Reglamentos y Constituciones Argentinas (1811-1898), p. 161 y sig. )
"Sección I
DE LA NACION Y SU CULTO
Art. 1. La nación argentina es para siempre libre, e independiente de toda dominación extranjera.
2. No será jamás el patrimonio de una persona, o de una familia.
3. Su religión es la Católica Apostólica Romana, a la que prestará siempre la más eficaz, y decidida protección, y sus habitantes el mayor respeto, sean cuales fueren sus opiniones religiosas.
DE LA FORMA DE GOBIERNO
7. La nación argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana, consolidada en unidad de régimen.
8. Delega al efecto el ejercicio de su soberanía en los tres altos poderes, legislativo, ejecutivo, y judicial, bajo las restricciones expresadas en esta constitución.
DEL PODER LEGISLATIVO
9. El poder legislativo se expedirá por un congreso compuesto de dos cámaras, una de representantes, y otra de senadores.
10. La cámara de representantes se compondrá de dos diputados elegidos por nombramiento directo de los pueblos, y a simple pluralidad de sufragios, en la proporción de uno por quince mil habitantes, o de una fracción, que iguale al número de ocho mil.
16. Los diputados durarán en su representación por cuatro años, pero la sala se renovará por mitad cada bienio.
SENADORES.
26. Durarán en el cargo por el tiempo de nueve años, renovándose por dos terceras partes cada trienio, y se decidirá por la suerte, luego que todos se reúnan, quienes deban salir primero y segundo trienio.
DEL PODER EJECUTIVO
68. El poder ejecutivo de la nación, se confía y encarga a una sola persona, bajo el título de Presidente de la República Argentina.
69. Ninguno podrá ser elegido presidente, que no haya nacido ciudadano de la república, y no tenga las demás calidades exigidas por esta constitución para ser senador.
71. El presidente durará en el cargo por el término de cinco años, y no podrá ser reelecto a continuación.
PODER JUDICIAL
111. Una corte de justicia compuesta de nueve jueces, y dos fiscales, ejercerá el supremo poder judicial.
DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL
130. En cada provincia habrá un gobernador que la rija, bajo la inmediata dependencia del Presidente de la República.
131. Tendrá la edad de treinta años, y las calidades necesarias para senador.
132. El Presidente nombra los gobernadores de las provincias, a propuesta en terna de los consejos de administración."
martes, 11 de agosto de 2009
ASAMBLEA DEL AÑO XIII Y CONGRESO DE 1816
SAN MARTÍN Y EL PRIMER TRIUNVIRATO
Siguiendo el ejemplo de Miranda, en 1811 en Cádiz se forma la Logia Lautaro, dirigida por José de Gurruchaga. Observamos varios nombres conocidos (Santiago Mariño, Andrés Bello, Simón Bolivar, Franco Isnardi, José María Caro, Bernardo O'Higgins, José Miguel Carrera, el padre José Cortes de Madariaga, Juan Pablo Fretes, Tomás Guido) pero hay uno que nos interesa especialmente: José de San Martín.
El 22 de setiembre de 1811 se establece el Primer Triunvirato, integrado por Juan José Paso, Feliciano Chiclana y Manuel de Sarratea. Su Secretario de Gobierno y Guerra era Bernardino Rivadavia, quien le daría un marcado carácter centralista. Mientras tanto, don José de San Martín salía de Cádiz a Londres, tras superar el obstáculo de que las autoridades españolas no querían permitir su egreso. A través de un conocido de su amigo Duff, Sir Charles Stuart, pudo conseguir el pasaporte y así viajar a Londres, donde se quedó por cuatro meses hasta enero de 1812. De allí parte a Buenos Aires a bordo de la fragata inglesa "George Canning", junto a Carlos María de Alvear y José Zapiola
Los logistas arribaron a Buenos Aires en marzo de 1812, en medio de divisiones polìticas, (Recordemos que el 4 de marzo de 1811 había muerto Moreno) El Primer Triunvirato en poder del ejecutivo, era la expresión de los grupos mercantiles porteños. Por otro lado estaba Bernardo de Monteagudo, líder de la Sociedad Patriótica y fundador de dos periódicos: "El Grito del Sud" y "Mártir o Libre".
La Sociedad Patriótica, que se reunía en el Café de Marco, coincidía con el ideario de San Martín: La independencia y el dictado de una Constitución para lo cual se necesitaba la convocatoria a una Asamblea Constituyente. Otros miembros de la Sociedad, todos morenistas, fueron Julián Álvarez, Agustín Donado, Francisco Planes, Nicolás Rodríguez Peña, Ignacio Núñez, Hipólito Vieytes.
El 8 de octubre de 1812 fue disuelto, estableciéndose el Segundo Triunvirato que duraría hasta el 31 de enero de 1814, oportunidad de la creación del Directorio de las Provincias Unidas.
Mariano Moreno. Vigencia de su pensamiento
viernes, 24 de abril de 2009
Masacre en King Street, Boston, 1770
En Boston, a fines de la década de 1760, los movimientos de lo que se convirtió luego en la Revolución Americana, comenzaron debido a que los residentes se enojaron por los fuertes impuestos. Con las leyes de Townshend de 1767, los británicos gravaron impuestos sobre la mercadería importada, incluidos el vidrio, el plomo, la pintura, el papel y el té. Para hacer cumplir las leyes, impusieron una fuerte presencia militar ante los colonos de Massachusetts, lo que exacerbó las tensiones entre la población local y los representantes de la corona. El 5 de marzo de 1770, los centinelas británicos que custodiaban la Aduana de Boston fueron rodeados y abucheados por grupos de bostonianos que arrojaban grandes bolas de nieve. El pequeño grupo de soldados perdió el control cuando uno de sus regimientos fue atacado. A pesar de las órdenes explícitas de realizar lo contrario, dispararon contra una multitud de civiles, matando a tres personas e hiriendo a otras ocho, dos de las cuales fallecieron. Esta imagen sensacionalista de la refriega fue grabada, impresa y vendida por el futuro héroe de la Guerra Revolucionaria, Paul Revere. Revere copió la impresión de un diseño de Henry Pelham para un grabado más tarde publicado bajo el título "Los frutos del poder arbitrario o La masacre sangrienta". Fuente: Biblioteca Digital Mundial, Unesco